Lo Primero que debemos saber es que existen diferentes
tipos de Protocolos y Programas de Vigilancia para los Centros Públicos y Privados del País en los Recintos Hospitalarios estos pueden
ser para diferente índole ya sean Riesgos Físicos, Químicos o Biológicos. En el marco de Riesgos nos enfocaremos en un
planteamiento general de cumplimientos.
El
protocolo busca ser una herramienta reglamentaria de criterios en
el proceso de identificación y evaluación de factores de Riesgos.
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La Ley 16.744, establece las funciones en Salud Ocupacional y Prevención tanto de la autoridad Sanitaria, como de las
instituciones administradoras del Seguro de la Ley, y del Empleador, lo cual
busca organizar los sistemas de Salud Ocupacional para Prevenir Accidentes y Enfermedades relacionadas con el ejercicio del Trabajo.
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El Decreto Supremo 594, establece
reglamento sobre las Condiciones Sanitarias y Ambientales básicas en los lugares de Trabajo.
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El Servicio de Salud es el encargado de Fiscalizar y controlar el cumplimiento de Ocupación u oficio del Trabajo.
Los Métodos de control son esenciales para minimizar los Riesgos y estos se dividen
en tres categorías:
1. Medidas
ingenieriles: Tiende a favorecer la automatización de los procesos y
operaciones, como por ejemplo aumentar la distancia entre el equipo de
aplicación y el trabajador, encerrar o separar a través de barreras físicas la
fuente de exposición y el trabajador.
2. Medidas
administrativas: La gestión administrativa tanto en el control como
reducción de los Riesgos es fundamental en la Prevención de la Exposición de
los Trabajadores.
3. Medidas
de protección personal: Los elementos de Protección Personal deberán
utilizarse sólo cuando existan Riesgos.
Referencias:
Ministerio de Salud.(2015)[Cuenta publica Sectorial][PDF]
Ministerio de Salud.(2012)[Protocolo de vigilancia para trabajadores expuestos a trastornos musculoesqueleticos de extremidades superiores relacionadas con el trabajo][Departamento de Salud Ocupacional]
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